"Los notarios ganan una pasta por sólo echar una firma" es una de las frases más repetidas a la hora de hablar en la inmobiliaria de los gastos que suponen la compra de una vivienda nueva, pero...¿qué es lo que realmente cobra un notario por sus servicios? No hay que confundir el coste estricto del servicio notarial, con el coste total de una operación, que puede incluir servicios de otros profesionales (tasadores, abogados administrativos, registradores o funcionarios de otros registros públicos) y los impuestos y las tasas que en cada caso sean exigibles.
Los honorarios notariales son sólo una pequeña parte de lo que se paga en la notaría. La mayor parte de la factura es una provisión para hacer frente a dichos impuestos, honorarios de registradores y otros gastos que se generan, que el notario abona en nombre del cliente.
La factura notarial cubre íntegramente el servicio de fe pública extrajudicial: oficinas, sueldo del equipo profesional, seguro de responsabilidad civil, informatización, encuadernación y conservación de las escrituras, mantenimiento de los colegios… sólo una parte corresponde a los honorarios del notario. El notario está obligado a darte factura detallada de sus servicios y costes correspondientes. Si tienes alguna duda con tu factura, el colegio notarial la revisará de forma gratuita.
Los notarios aplican un arancel fijo que estableció el Gobierno en 1989 y que desde entonces no se ha revisado. El arancel es el medio por el que se retribuye la función notarial y el sistema con el que se financia la seguridad jurídica preventiva.
Todos los notarios de España cobran lo mismo por idéntico servicio (pueden hacerte un descuento del 10 por ciento). La competencia entre ellos sólo se basa en la calidad. Esto garantiza el acceso de todos los ciudadanos, con independencia de su renta, a los servicios de seguridad jurídica preventiva que prestan los notarios.
Los aranceles vigentes de los notarios fueron establecidos por Real Decreto 1426/89 de 17 de noviembre, publicado el 28 de noviembre en el BOE. Los aranceles españoles son, después de los de Portugal, los más bajos de Europa.
En la notaría los usuarios muchas veces sólo asisten a la firma del acuerdo o contrato, pero éste es el resultado final de un trabajo largo, complejo y minucioso. En la amplia mayoría de los casos el coste del arancel notarial es inferior a los costes y daños sociales y económicos que se evitan por la intervención del notario.
Algunos valores del trabajo notarial que ayudan al usuario a ahorrar dinero:
Testamentos, poderes, actas, capitulaciones matrimoniales… tienen un coste fijo de notario. Están socialmente primados para ser accesibles a todos los ciudadanos (un testamento, por ejemplo, suele costar entre 35 y 50 euros, en función de varios factores, como la extensión. En casos excepcionales la cantidad puede ser mayor). Un poder para pleitos cuesta entre 40 y 50 euros, o un cambio de domicilio mercantil que ronda los 100 euros.
Otros documentos notariales tienen un coste variable que dependerá del precio o valor de los bienes objeto del negocio documentado. Por ejemplo la intervención de un notario en la compraventa de una vivienda de 120.000 euros tendrá un coste de unos 400 euros y la constitución de la hipoteca de los 120.000 euros costará al usuario unos 550 euros. Pero al ser algo variable, siempre puedes consultar directamente con el notario que hayas elegido.
Desde 1989, un total de 33 leyes prevén reducciones arancelarias en la intervención notarial. Las escrituras de compraventa y de préstamos hipotecarios de las Viviendas de Protección Oficial (VPO), que son los documentos más comunes, tienen reducciones del arancel de carácter social. Ocurre lo mismo con todos los documentos que afectan a las Administraciones y empresas públicas.
Autor | José Luis Roldán Reyes
Tag | #Notario #Hipoteca #Compraventa #Vivienda
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